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    Tribunal valida renuncia sin fecha y rechaza amparo de trabajadora despedida

    Una controversia laboral sobre despido injustificado fue resuelta por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, que determinó la validez de una carta de renuncia firmada sin fecha, rechazando el amparo promovido por una trabajadora.

    El caso, publicado recientemente en la página de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) bajo la tesis VII.2o.T. J/8 L (11a.), involucra a una trabajadora del hogar que denunció haber sido despedida sin recibir su liquidación correspondiente.

    El patrón, en respuesta, negó el despido y presentó como prueba una carta de renuncia firmada por la empleada.

    Un análisis pericial confirmó que la firma pertenecía efectivamente a la trabajadora. Sin embargo, el documento carecía de fecha, lo que llevó a la ex empleada a argumentar su invalidez.

    La decisión del tribunal

    Inicialmente, el juez de primera instancia consideró válida la carta de renuncia al no encontrar irregularidades tras el análisis pericial, estableciendo que correspondía a la trabajadora demostrar que el despido había sido injustificado.

    Inconforme, la afectada presentó un amparo, llevando el caso al tribunal colegiado, que analizó a fondo el procedimiento. El tribunal determinó que, aunque en general el patrón no está obligado a detallar las circunstancias de tiempo, lugar y modo de una renuncia si el documento lo establece, en casos donde no existe fecha, el patrón debe especificar el día en que fue presentada.

    En este caso, el patrón cumplió con ese requisito al manifestar que la renuncia ocurrió el mismo día en que la trabajadora alegó haber sido despedida.

    El tribunal también subrayó que, para invalidar una carta de renuncia, el trabajador debe argumentar desde el inicio circunstancias graves como coacción o firma en blanco, lo cual no ocurrió en este proceso.

    Con base en ello, el tribunal concluyó que la carta de renuncia era válida y rechazó el amparo de la trabajadora.

    Diferencias clave entre despido y renuncia

    La resolución destaca la importancia de distinguir entre una renuncia y un despido injustificado, dado que las consecuencias económicas para el trabajador son distintas.

    Según la Ley Federal del Trabajo, un despido injustificado obliga al patrón a pagar:

    • Tres meses de salario como indemnización constitucional.
    • Prima de antigüedad (12 días por año trabajado, con tope en el doble del salario mínimo).
    • Partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y otras prestaciones pendientes.

    En cambio, una renuncia voluntaria obliga al patrón únicamente a cubrir:

    • Parte proporcional de aguinaldo.
    • Parte proporcional de vacaciones y prima vacacional.
    • Prima de antigüedad, si corresponde.

    Este caso refuerza la importancia de que los trabajadores cuenten con asesoría adecuada y documentación clara para proteger sus derechos. Ante cualquier posible violación, las personas pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asistencia legal gratuita.

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