La Cámara de Diputados aprobó con 401 votos a favor una reforma a la Ley General de Salud que prohíbe la venta y suministro de bebidas energéticas a menores de 18 años en todo el país. La iniciativa, que impone sanciones económicas de hasta 226 mil 280 pesos por incumplimiento, fue enviada al Senado para su revisión. Este paso, impulsado por preocupaciones sobre el impacto en la salud juvenil, obliga a la Secretaría de Salud (Ssa) a clasificar estas bebidas en una Norma Oficial Mexicana (NOM) en 180 días, alineando a México con regulaciones internacionales como las de España y Alemania.
La reforma responde a datos alarmantes: más de 300 mil jóvenes consumen diariamente estas «bebidas estimulantes», y el 43% las mezcla con alcohol, según la diputada Amancay González Franco (MC). Abigail Arredondo Ramos (PRI) citó a la Profeco: 7 de cada 10 adolescentes las ingieren, al menos una vez por semana. Margarita García (PT) advirtió riesgos como alteraciones nerviosas, cardiovasculares y obesidad.
Riesgos que no esperan: Cafeína y jóvenes en alarma
El consumo de bebidas energéticas en menores genera un «choque» en el sistema nervioso, con efectos diuréticos que provocan deshidratación, náuseas y problemas digestivos. En adolescentes, impacta el sueño, la concentración y el desarrollo neurológico, elevando probabilidades de diabetes. González Franco enfatizó: «Estas bebidas no son inocentes; son un riesgo disfrazado de energía».
La reserva de Ricardo Monreal Ávila (Morena) y Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN) fortalece la norma: la Ssa definirá categorías, ingredientes permitidos, concentraciones máximas de sustancias activas y especificaciones técnicas para producción y venta. Esto incluye alertas sanitarias y límites a la publicidad, protegiendo a un sector vulnerable donde el 50% de los consumidores las usa semanalmente.
José Luis Fernández (PVEM) celebró el alineamiento global: Reino Unido, Polonia, Alemania y España ya vetan ventas a menores, reduciendo hospitalizaciones por cafeína en un 20%, según la OMS. En México, la Profeco reporta un aumento del 15% en consultas juveniles por estos productos desde 2023.
Hacia una norma clara: El rol de la Secretaría de Salud
La Ssa tiene 180 días para expedir la NOM, un plazo clave para operacionalizar la prohibición. Esto abarcará desde etiquetado hasta inspecciones en comercios, con multas equivalentes a 2 mil UMAs (actualmente 113 pesos diarios). «Es un derecho a la salud, no una carga», defendió Arredondo Ramos, destacando que la reforma no solo sanciona, sino previene.
El debate en el pleno reflejó consenso multipartidista, aunque algunos panistas pidieron más énfasis en educación. Con el turno al Senado, expertos esperan aprobación rápida; si prospera, México sumará a 15 naciones con restricciones similares, salvando potencialmente miles de casos anuales de efectos adversos.
Esta reforma no solo regula, sino educa: limita la comercialización agresiva que seduce a jóvenes con promesas de vitalidad. García (PT) lo resumió: «Protegemos el desarrollo neurológico de una generación». Mientras el Senado delibera, la Ssa prepara borradores de la NOM, prometiendo un marco técnico que equilibre innovación y salud pública. Para México, donde el consumo juvenil de energéticas creció 25% en cinco años (INEGI), es un paso vital hacia la prevención. La pelota está en el Senado; el reloj, en la salud de los menores.
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