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    Suprema Corte despenaliza el aborto voluntario en Chihuahua

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado, por mayoría de ocho votos, diversas disposiciones del Código Penal del estado de Chihuahua que criminalizaban el aborto voluntario. Los artículos 143, párrafos primero y segundo, 145 y 146, fracción I, fueron declarados inconstitucionales al vulnerar los derechos a la salud y la autonomía reproductiva de las mujeres.

    Efectos retroactivos de la resolución

    La decisión de la SCJN tiene efectos retroactivos desde la fecha de entrada en vigor de las disposiciones invalidadas. Esto implica que mujeres que hayan sido investigadas, procesadas o condenadas por el delito de aborto en Chihuahua podrán beneficiarse de esta resolución, quedando sin efecto las acciones penales en su contra.

    Contexto nacional de la despenalización del aborto

    Desde septiembre de 2021, cuando la SCJN declaró inconstitucional penalizar el aborto en México, varios estados han revisado y adaptado sus códigos penales. Hasta enero de 2025, 21 estados han despenalizado el aborto, permitiendo la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación. Sin embargo, la situación varía en el país, y aún existen entidades con restricciones significativas.

    Implicaciones para los derechos reproductivos

    La invalidación de estas disposiciones en Chihuahua refuerza la protección de los derechos reproductivos de las mujeres, alineándose con los criterios establecidos por la SCJN en materia de autonomía y salud. Esta medida busca garantizar que las mujeres puedan tomar decisiones informadas sobre su cuerpo sin enfrentar sanciones penales.

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