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    Senado aprueba reforma a Ley de Amparo; oposición acusa retroactividad en 706 mil juicios

    El Senado de la República aprobó la reforma a la Ley de Amparo y al Código Fiscal de la Federación, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, con 76 votos a favor y 39 en contra en lo general. Sin embargo, una reserva aprobada de último minuto encendió la polémica: permitirá aplicar las nuevas disposiciones a más de 706 mil casos en trámite. La oposición denunció que esto implica efectos retroactivos y constituye una violación constitucional, mientras que Morena defendió que se trata de cerrar “resquicios legales” que han permitido abusos procesales.

    La reserva de la discordia: juicios en curso bajo nuevas reglas

    La discusión en el Pleno se tornó tensa cuando el senador Manuel Huerta Ladrón de Guevara, de Morena, presentó una reserva para que los juicios en trámite se ajustaran a las nuevas reglas procesales. PAN, PRI y Movimiento Ciudadano denunciaron que la disposición viola el principio de irretroactividad previsto en la Constitución y afecta derechos adquiridos de los ciudadanos.

    Entre interrupciones y reclamos, la mayoría oficialista aprobó la medida. Huerta defendió su propuesta afirmando que “no afecta derechos adquiridos porque no modifica la esencia del amparo”, sino que busca impedir el uso de este recurso para dilatar el cumplimiento de sentencias firmes, en particular en materia fiscal.

    Desde la oposición, senadoras como Alejandra Barrales (MC), Verónica Rodríguez (PAN) y Carolina Viggiano (PRI) advirtieron que la medida es regresiva y que “los ciudadanos no sabrán bajo qué reglas litigan”. Barrales subrayó que más de 700 mil expedientes en trámite podrían verse alterados, mientras que Rodríguez acusó a Morena de buscar “menos defensa para las personas y más manos libres para la autoridad”.

    Cambios centrales en el juicio de amparo

    El dictamen también delimita los supuestos en los que procede la suspensión del acto reclamado. A partir de ahora, no podrá otorgarse en casos de lavado de dinero, financiamiento al terrorismo, actividades sin concesión o deuda pública. Sin embargo, se mantendrá la suspensión cuando estén en juego derechos esenciales como salario, alimentos, vivienda o mínimo vital.

    Las comisiones modificaron el proyecto original de la presidenta Sheinbaum, eliminando requisitos que restringían el interés legítimo, como que el daño fuera “actual” o el beneficio “directo”. También se incorporó que la afectación puede ser individual o colectiva.

    En materia fiscal, se estableció que las leyes usadas para cobrar impuestos solo podrán impugnarse en un juicio de amparo cuando el crédito fiscal ya sea definitivo. Además, se especificaron los mecanismos con los que los contribuyentes podrán garantizar el pago mientras dure el proceso, incluyendo billetes de depósito y cartas de crédito bajo supervisión de las autoridades financieras.

    Plazos y sanciones: ajustes para mayor eficiencia procesal

    Otro cambio relevante es la ampliación de plazos. Los jueces y tribunales tendrán ahora hasta 90 días naturales para dictar sentencia, en lugar de 60. De igual forma, los plazos para que los demandantes presenten garantías se ampliaron de tres a cinco días, con el fin de facilitar los trámites a personas en situación de vulnerabilidad.

    En cuanto al cumplimiento de sentencias, las comisiones descartaron algunos cambios que buscaban reducir sanciones. Se mantuvo la facultad de imponer multas a funcionarios que incumplan fallos judiciales, con el objetivo de reforzar la obligatoriedad de las resoluciones.

    La reforma pasará ahora a la Cámara de Diputados, donde se prevé otro debate intenso. Mientras tanto, el choque entre oficialismo y oposición dejó en claro que la interpretación sobre los límites del juicio de amparo será uno de los temas más controvertidos del nuevo periodo legislativo.

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