El dirigente nacional de la CROC, Isaías González Cuevas, confirmó que las propinas que reciben las y los trabajadores en México no son gravables ni deben integrarse al Salario Base de Cotización, luego de que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) emitiera un criterio jurídico que reconoce su naturaleza voluntaria y ajena a la relación laboral. La determinación representa un cambio relevante para miles de trabajadores del turismo y la gastronomía, sectores donde este ingreso es común.
De acuerdo con el líder sindical, la resolución del IMSS pone fin a una controversia que se extendió durante más de un año, a raíz de la intención del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de considerar las propinas como un ingreso sujeto a retenciones. El pronunciamiento del instituto, sostuvo, otorga certeza jurídica tanto a trabajadores como a empleadores.
Consulta legal solicitada al IMSS desde 2024
González Cuevas explicó que en julio de 2024 solicitó formalmente una consulta legal al IMSS para aclarar la naturaleza jurídica de la propina. En ese proceso, argumentó que este ingreso proviene del cliente, quien no mantiene una relación laboral con el trabajador ni con el patrón, y que su entrega depende exclusivamente de la voluntad del consumidor.
El dirigente añadió que las propinas están sujetas a factores externos, como la afluencia de visitantes nacionales y extranjeros, y que no forman parte de los contratos colectivos de trabajo. Estos elementos, sostuvo, refuerzan que no pueden considerarse salario ni ingreso fijo.
Resolución jurídica y alcance del criterio
Tras un análisis jurídico que incluyó la revisión de la Ley del Seguro Social, la Ley Federal del Trabajo y criterios del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, las Coordinaciones de Fiscalización y de Control de Obligaciones de la Dirección de Incorporación y Recaudación del IMSS emitieron una respuesta definitiva en octubre de 2025.
El documento establece que “la propina no forma parte del Salario Base de Cotización para efectos de la Ley del Seguro Social, siempre que provenga de un tercero distinto al patrón”. En consecuencia, el IMSS determinó que este ingreso no debe tomarse en cuenta para el cálculo de cuotas obrero-patronales.
Impacto para trabajadores del turismo y la gastronomía
La CROC destacó que esta resolución beneficia de manera directa a miles de trabajadores que dependen en buena medida de las propinas, particularmente en destinos turísticos. El criterio del IMSS, señaló el dirigente sindical, protege a los trabajadores de cargas indebidas y evita distorsiones en la relación laboral.
González Cuevas calificó la resolución como un logro de la gestión sindical y subrayó que fortalece la defensa de los derechos laborales en sectores caracterizados por ingresos variables y estacionales.
Postura del SAT y debate pendiente
Pese al criterio del IMSS, el dirigente de la CROC puntualizó que el SAT mantiene la postura de considerar las propinas como un ingreso sujeto al Impuesto Sobre la Renta (ISR). Este contraste, advirtió, mantiene abierto el debate fiscal y podría derivar en nuevos ajustes normativos o criterios administrativos.
Por ahora, la resolución del IMSS establece un precedente relevante en materia de seguridad social y marca un límite claro entre el salario formal y los ingresos voluntarios otorgados por terceros.
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