ANIPA plantea ampliar la consulta indígena al uso comercial del patrimonio cultural maya

Las consultas indígenas vinculadas con proyectos que pueden afectar a comunidades representan solo una parte de la participación que deben tener los pueblos originarios, de acuerdo con Hermelindo Be Cituk, coordinador estatal de la Asamblea Nacional Indígena Plural por la Autonomía (ANIPA), quien planteó llevar la discusión hacia el uso comercial de símbolos, conocimientos, gastronomía y otras expresiones del patrimonio cultural maya.

La discusión cobra relevancia en Quintana Roo ante el crecimiento de proyectos turísticos y otras actividades que pueden relacionarse con territorios, recursos y expresiones culturales de comunidades indígenas. Para Be Cituk, la participación comunitaria no debería agotarse en determinar posibles impactos ambientales o territoriales.

El representante de ANIPA sostuvo que también debe definirse quién puede autorizar el aprovechamiento comercial de elementos pertenecientes al patrimonio cultural maya. Asimismo, consideró necesario establecer mecanismos para que las comunidades puedan intervenir en las decisiones y, cuando corresponda, participar en los beneficios derivados de ese uso.

La postura se vincula con criterios que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido sobre la consulta indígena. El máximo tribunal señala que estos procedimientos deben ser previos, culturalmente adecuados, informados y de buena fe cuando una medida pueda afectar los derechos e intereses de los pueblos y comunidades indígenas.

Además, la Corte ha señalado que la consulta busca generar condiciones para alcanzar un acuerdo o lograr el consentimiento, sin que pueda fijarse anticipadamente cuál será el resultado del procedimiento. En Quintana Roo, ese criterio también aparece relacionado con la legislación estatal sobre consulta indígena y afromexicana.

Be Cituk planteó que las instituciones municipales y estatales encargadas de atender a los pueblos originarios deberían contar con áreas jurídicas especializadas. El objetivo, explicó, sería acompañar a las comunidades cuando consideren que sus derechos colectivos pueden verse comprometidos.

El debate alcanza el aprovechamiento comercial de símbolos mayas

Uno de los puntos centrales de la propuesta es separar dos discusiones que suelen aparecer relacionadas. Por una parte, están los efectos que una obra o proyecto puede generar sobre territorio, ambiente o formas de vida. Por otra, se encuentra el aprovechamiento de expresiones culturales con fines comerciales.

En este segundo ámbito pueden aparecer símbolos, imágenes, figuras, conocimientos tradicionales, música, arte y otros elementos vinculados con la identidad de los pueblos indígenas. Por ello, ANIPA considera necesario revisar quién tiene capacidad para autorizar su utilización y bajo qué condiciones.

El planteamiento adquiere mayor relevancia después de una resolución emitida por la SCJN en marzo de 2026. El caso involucró medidas precautorias ordenadas por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) contra una empresa turística por el uso de elementos del patrimonio cultural maya en contenidos publicitarios.

La empresa había argumentado que contaba con una autorización otorgada por un órgano denominado Gran Consejo Maya. Sin embargo, la Corte resolvió el incidente de suspensión y revocó la medida que había permitido mantener el uso de esos elementos mientras continuaba el litigio. La propia resolución dejó claro que el debate de fondo no quedó resuelto de manera definitiva con ese incidente.

De esta manera, el caso abrió una discusión jurídica sobre la protección colectiva del patrimonio cultural y las condiciones bajo las cuales puede utilizarse con fines comerciales. También puso sobre la mesa el papel de las autoridades y de las representaciones comunitarias en este tipo de decisiones.

ANIPA busca asesoría para definir mecanismos legales

A partir de ese escenario, Be Cituk adelantó que ANIPA buscará asesoramiento del Indautor para analizar alternativas jurídicas que permitan fortalecer la participación de las comunidades en el aprovechamiento de su patrimonio intangible.

La intención, según expuso, es revisar mecanismos que permitan determinar cómo se toman las decisiones y cómo pueden distribuirse los posibles beneficios cuando una empresa obtiene un aprovechamiento económico de elementos culturales.

Asimismo, el representante indígena planteó revisar los alcances de la representación atribuida al Gran Consejo Maya. Este punto requiere especial cuidado porque el litigio que llegó a la Suprema Corte incluyó argumentos relacionados con la capacidad de ese organismo para representar a comunidades mayas.

La resolución de marzo no estableció una regla general que permita considerar resuelto ese debate para todos los casos. Por ello, la discusión sobre representación comunitaria permanece vinculada a los procedimientos y controversias concretas en los que intervengan los pueblos indígenas.

En paralelo, los criterios de la SCJN establecen que la consulta debe respetar las instituciones representativas de las comunidades. También debe considerar su contexto cultural y garantizar que reciban información suficiente sobre las consecuencias de las medidas sometidas a consulta.

El planteamiento de ANIPA coloca así el patrimonio cultural intangible dentro de una discusión más amplia sobre derechos colectivos. No se trata únicamente de consultar a las comunidades ante determinados proyectos, sino de revisar cómo participan cuando elementos de su identidad pueden convertirse en productos, servicios o contenidos con valor económico.

Por ahora, la propuesta anunciada por Be Cituk se encuentra en el terreno del planteamiento y la búsqueda de asesoría jurídica. El alcance de cualquier mecanismo dependerá de los procedimientos legales aplicables y de las autoridades y representaciones comunitarias que intervengan en cada caso.

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